Aprueban semáforos para peatones distraídos

La Legislatura aprobó hoy una ley que autoriza la instalación de luces LED, en sincronización con los semáforos y empotradas en la acera sobre la continuación de la senda peatonal, como herramienta complementaria a la señalización luminosa vigente.

También definen legalmente las intervenciones peatonales.

La norma tiene como objetivo captar la atención del peatón en los cruces de mayor circulación de personas y en cercanías de entidades educativas en las calles más transitadas.
Un informe del Observatorio Vial Latinoamericano publicado en 2016 sobre

“Comportamiento de peatones en la Ciudad de Buenos Aires” sostiene que el 16,6% de las personas cruzan calles o avenidas al tiempo que usan aparatos electrónicos, aminorando su capacidad de atención.
La Secretaria de Transporte de la Ciudad será la Autoridad de Aplicación de la presente ley y quien evalúe las zonas más conveniente para la implementación de la iniciativa, impulsada por los diputados Marcelo Guouman y Francisco Nosiglia (Suma+).

Definen legalmente las “intervenciones peatonales”

Se trata de las áreas de la calzada destinadas exclusivamente a la circulación peatonal y convenientemente demarcadas para ese fin. Pueden estar equipadas con diversos elementos de mobiliario urbano como macetas, sillas, mesas o anclajes para bicicletas, entre otros, y fueron incorporados al Código de Tránsito y Transporte.

“Estos nuevos espacios que permiten la incorporación de mobiliario, generan nuevas zonas de disfrute y descanso, facilitando la apreciación del entorno urbano de la Ciudad, su arquitectura y sus espacios verdes.

El diseño de cruces más cortos y seguros, permiten mejorar la alineación de las calles y generar espacio peatonal adicional, reducir la velocidad del tránsito, crear zonas protegidas y mejorar el estado general de los cruces, contribuyendo así, con la seguridad vial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, explican los fundamentos del proyecto enviado a la Legislatura por el Jefe de Gobierno.

Regulan el servicio de peluquería para animales domésticos

A través de una modificación del Código de Edificación, fue habilitado el servicio de baño y corte de pelo de mascotas en zonas densamente pobladas de la ciudad.

Esta ley que aprobó hoy la Legislatura busca habilitar el rubro “Peluquería y otros servicios para animales domésticos” en los consultorios veterinarios, con las mismas condiciones de emplazamiento y con los requisitos de habilitación y funcionamiento que determina el Código de Habilitaciones de la Ciudad de Buenos Aires.
El Código de Edificación no habilitaba el servicio de baño y corte de pelo de mascotas en zonas de la ciudad de Buenos Aires consideradas como densamente pobladas. Barrios como Núñez, Belgrano, Villa Urquiza, Caballito o Flores, entre otros, estaban imposibilitados por la zonificación impuesta en el Código de Planeamiento Urbano de brindar estos servicios en establecimientos emplazados fuera de grandes avenidas.

El proyecto de los diputados Victoria Roldán Méndez, Agustín Forchieri, Natalia Persini y Eduardo Petrini (PRO) tuvo su respaldo en Audiencia Pública, y hoy recibió hoy sanción definitiva.

De esta manera habilita los cuidados de los animales domésticos modificando el Cuadro de Usos del Código de Planeamiento Urbano.
“Desde el punto de vista de la salud de nuestras mascotas, el baño y el corte de pelo terapéutico son prácticas inherentes al trabajo de un médico veterinario.

Estas prácticas forman parte del cuidado responsable de los animales domésticos y contribuyen al control de enfermedades como la dermatitis, eccemas, otitis, pulgas y garrapatas entre otras tantas, que no solamente afectan a nuestras mascotas sino que también pueden transmitir enfermedades a los demás miembros de la familia”, destacan los fundamentos del proyecto.

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