Por medio de La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló el fallo de primera instancia.
Dicha Cámara, anuló el fallo de primera instancia que a fines de 2015 condenó a prisión perpetua al sommelier Luciano Sosto como autor del crimen de su madre, por lo que éste recuperará su libertad en las próximas horas, informaron fuentes judiciales.
De esta forma, fue resulto por la sala I de dicha Cámara, integrada por los jueces Luis García, Horacio Días y María Laura Garrigós de Rébori, quienes dejaron sin efecto la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 8 porteño que estuvo a cargo del juicio.
La Cámara hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa, anuló la sentencia del TOC 8, absolvió a Sosto (39) y remitió la actuaciones al tribunal para que en forma inmediata, de no existir otro impedimento, ponga en libertad al imputado y haga cesar toda medida cautelar que a su respecto hubiese sido dictada.
Los camaristas establecieron por unanimidad que la sentencia debía ser declarada nula aunque por mayoría se decidieron por la absolución en vez de ordenar que se realice un nuevo juicio oral, explicó a Télam el abogado defensor Juan José Avila.
El letrado remarcó que los argumentos de la Cámara fue «por defectos en la ponderación de las pruebas, omisión de considerar argumentos de defensa y falta de logicidad».
Fue condenado por el hecho que ocurrió el 26 de diciembre de 2013.
La acusación y los jueces establecieron tras el juicio oral que el sommelier que vivía en el 5º B del edificio de Seguí 4444 bajó al departamento 4º B donde residía su madre, Estela Garcilazo (69) discutió con ella y la estranguló porque, según sostuvo la fiscalía, necesitaba dinero para comprar cocaína y contratar taxi boys.
La acusación consideró clave la data de muerte que determinó que Garcilazo, quien vivía sola en su departamento, fue asesinada entre las 7.30 y las 11.30 de esa mañana.
En el juicio quedó claro que la mujer no recibía visitas, que su hijo Luciano tenía llaves de su departamento y que cuando llamó al servicio de emergencias para pedir una ambulancia, dijo que la víctima tenía convulsiones cuando ya llevaba varias horas de muerta.
Finalmente, el TOC 8 condenó a Sosto a prisión perpetua por el «homicidio agravado por el vínculo» de su madre, pero lo absolvió por la acusación del «abuso sexual agravado».
El 14 de diciembre del año pasado, durante la audiencia oral en la que la defensa expuso los fundamentos de su apelación a la sentencia ante la sala I de Casación, Avila y sus colegas Guillermo Schmidt y Mariela Sola pidieron la «nulidad absoluta» de la acusación por considerar que la fiscalía «omitió ilegalmente toda referencia, análisis y decisión sobre la imputación de abuso sexual».
Para los defensores, el abuso sexual es un hecho «inescindible» del homicidio y criticaron al TOC 8 por haber evitado «expedirse sobre si Estela Garcilazo fue o no sexualmente abusada».
Es que los peritajes complementarios a la autopsia determinaron que en la vagina de la víctima había «fosfatasa ácida prostática», una proteína del semen, pero las muestras no alcanzaron para obtener un perfil de ADN de su aportante, por lo que al no haber una evidencia concreta, la fiscal del juicio, Diana Goral, decidió no acusar a Sosto por el abuso.